Cuando se entrega la fianza para formalizar un contrato de alquiler, esta cantidad no se queda en manos del arrendador. Pero antes, veamos qué es la fianza del alquiler. Esta cuantía, que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que sea de un mes de la renta, supone para la propiedad la garantía que le entrega el inquilino para asegurar el contrato de arrendamiento y que este se cumplirá.
Del mismo modo, supone la seguridad ante impagos o posibles desperfectos de los cuales no se quiera hacer cargo el arrendatario o deje en la vivienda tras la finalización del contrato. Si no fuese necesario recurrir a ella al terminar el arrendamiento, el propietario la entregará por completo al inquilino en un plazo máximo de un mes.
Durante la duración del contrato, la fianza tiene que estar depositada en el organismo oficial correspondiente de la comunidad autónoma en la que se encuentre la vivienda. En el caso de Bext Space, de momento veamos cómo depositar la fianza de alquiler en la comunidad de Madrid, emplazamiento en el que se encuentra nuestra primera promoción.
El trámite de depósito de la finanza es un trámite importante en una comunidad como Madrid donde muchas veces tenemos la sensación de que todo es muy burocrático. Además si tienes pensado deducir el alquiler de la vivienda es importante que esta esté correctamente cumplimentada.
Depositar la fianza de alquiler en la comunidad de Madrid paso a paso
El depósito de la fianza de alquiler por el arrendatario en el organismo pertinente de la comunidad de Madrid es obligatorio, pero se trata de una gestión totalmente gratuita. Asimismo, si la fianza se actualizase pasado el tiempo establecido —durante los cinco primeros años de duración del contrato, o durante los siete primeros años si el arrendador fuese persona jurídica, la fianza no estará sujeta a actualización. Pero cada vez que el arrendamiento se prorrogue, el arrendador podrá exigir que la fianza sea incrementada, o el arrendatario que disminuya, hasta hacerse igual a una mensualidad— el propietario deberá actualizarla también en el lugar en el que se deposita.
En Madrid, el depósito de la fianza debe realizarse en la Agencia de Vivienda Social. Se trata de este organismo puesto que, en esta comunidad, la fianza es un elemento de política de control social que se emplea para la promoción pública de viviendas, obras de rehabilitación y remodelación de zonas de la comunidad que estén más aisladas y desprotegidas, con el objetivo de erradicar la infravivienda, el chabolismo, además de apoyar la promoción de la vivienda juvenil.
El procedimiento para el ingreso de la fianza en la Agencia de Vivienda Social es muy sencillo. Esta se guía por la vía denominada régimen general que establece que el arrendador tiene la obligación de hacer el depósito dentro de los primeros treinta días que computan desde el día siguiente a la fecha de celebración o entrada en vigor del contrato. Si este plazo no se cumple, el propietario tendrá que hacerse cargo de un recargo del 2 o del 5 % (si ha pasado más de un año).
Las formas para hacerlo son: vía telemática, que es la más ágil para el arrendador, en tan solo dos pasos habrá realizado el trámite. Además, a través de esta opción, ni siquiera tendrá que aportar un documento. Lo primero que tiene que hacer es entrar en la página de la Comunidad de Madrid, al portal de depósito de fianzas. A continuación, completar todos los datos del formulario online que aparece.
Una vez rellenado, se accede a la pasarela de pago para hacer el depósito a través de tarjeta de crédito. Si no se tiene una tarjeta de crédito, es posible hacerlo conectando con Bankia, BBVA, Sabadell o Santander. Para estos casos, donde el cargo se hace a cuenta, el titular deberá contar con Certificado, DNI electrónico, Clave permanente o Clave PIN.
Formalizado el pago, el propietario verá el mensaje: “presentación del depósito de fianza, con N.º resguardo (XXXX) realizado correctamente”. Y desde esa misma pantalla podrá descargarse el justificante y resguardo o solicitar recibirlo por correo electrónico.
Y ya habría terminado el trámite del depósito de la fianza de alquiler puesto que no es necesario que el arrendador presente ningún justificante ante ningún registro.
La otra vía es la presencial personándose en la Agencia de Vivienda Social en el horario pertinente y realizando todos los pasos expuestos allí. En esta ocasión, cuando el pago se hace en persona, el arrendador debe guardar el comprobante de haber realizado el pago, pero tampoco necesita presentarlo en ningún registro.
¿Dónde se deposita la fianza de un alquiler en Madrid?
La Agencia de Vivienda Social es el organismo autonómico de la Comunidad de Madrid destinado al depósito de las fianzas de los alquileres. Este centro es la actual denominación del Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) en el que se ha integrado el Instituto de Realojamiento e Integración Social (IRIS). Y su dirección física y sede principal se encuentra en la calle Basílica, 23 (distrito Tetuán), siendo necesario reservar cita previa online
Como ves el depósito de la fianza en una ciudad como Madrid, es parecido al proceso de depositar la fianza del alquiler en Barcelona o en otra gran ciudad de nuestro país. Tan solo tendrás que tener en cuenta que cada comunidad autónoma tendrá un organismo competente para este fin.