Quién está exento de pagar la plusvalía municipal

A la hora de comprar o vender una vivienda existen distintos tributos que debemos tener en cuenta y, uno de ellos, es la plusvalía municipal. Este impuesto es de obligado cumplimiento cuando se realiza la venta de una vivienda, pero existen muchas dudas en torno al mismo.

La más común hace alusión a quién está exento de pagar la plusvalía municipal, aunque es común que también surjan otras preguntas como quién tiene que pagarlo, cómo se calcula el importe de dicho impuesto o cuáles son los plazos para abonarlo. Por eso, en este artículo vamos a profundizar un poco más en el impuesto de plusvalía.

Qué es el impuesto de plusvalía municipal

Pero, primero, ¿qué es el impuesto de plusvalía municipal? Este tributo, que también se conoce como “Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana” es un impuesto que grava el aumento de valor de un inmueble en el momento de su adquisición por compraventa, donación o herencia.

Es decir, es un impuesto que busca establecer cuánto se ha revalorizado una propiedad para, en el momento en el que se vaya a hacer un cambio de titularidad, indicar lo que se debe pagar al ayuntamiento en forma de impuesto.

Quién tiene que pagar el IIVTNU y qué incluye

Ahora que ya conocemos con mayor profundidad este impuesto, vamos a resolver una de las cuestiones que más suelen realizarse los propietarios, ¿quién debe pagar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana? ¿El comprador o el vendedor?

En líneas generales, quien se hace cargo del impuesto de plusvalía municipal de una propiedad en el proceso de compraventa es el vendedor. Sin embargo, podemos encontrarnos con otros escenarios en los cuales deba abonarlo en comprador:

     

      1. Si ambas partes acuerdan que sea el comprador el que ejecute el pago.

      1. En caso de que el vendedor no resida en España.

    Lo que sí debemos saber es que, en caso de que no se efectúe el pago por la plusvalía municipal en los 30 días hábiles tras la fecha de la transacción, el ayuntamiento correspondiente reclamará el mismo al vendedor.

    Casos en los que no se paga plusvalía

    Entonces, ¿quién está exento de pagar la plusvalía municipal? Hay algunos casos en los cuales no es necesario pagar el IIVTNU y son los que citamos a continuación.

    1. El terreno no ha experimentado ningún incremento en el valor

    Si el terreno sobre el cual se ha edificado el inmueble no se ha revalorizado, el vendedor estará exento de pagar este impuesto.

    2. Transmisión de inmuebles entre cónyuges

    Por otro lado, en el caso de que la entrega de la vivienda se realice por parte de uno de los componentes del matrimonio al otro como pago de haberes comunes o a favor de los hijos.

    3. Venta de inmuebles considerados patrimonio histórico o cultural

    En caso de que se trate de un inmueble que forme parte del conjunto histórico-cultural o si este ha sido declarado de interés cultural, tampoco será necesario pagar este impuesto. Eso sí, los propietarios deberán acreditar haberse encargado de hacer las obras que sean necesarias para la conservación o mejora de la propiedad.

    4. Transmisión de propiedades que pertenecen a entidades estatales o benéficas

    Por último, también quedan exentos todos aquellos bienes que son propiedad del Estado, de las diferentes comunidades autónomas o de cualquier institución benéfica.

    En resumen

    El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un tributo de obligado cumplimiento para aquellas personas que van a realizar la venta de una vivienda, aunque en algunos casos también puede afectar a los compradores. Al igual que otros impuestos que se vinculan con la compra-venta de inmuebles.

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