¿Qué necesitas cuando quieres alquilar un piso? Lanzarse al mercado del alquiler es sencillo, pero hay que tener presente una serie factores antes de alquilar un piso. Esto sumado a la información y documentos que se te pueden exigir para poder formalizar el contrato de arrendamiento como futuro inquilino. Pero también has de saber que, como parte arrendataria, tienes una serie de derechos que en concepto de calidad y documentación le puedes reclamar a la parte arrendadora.
¿Qué se necesita realmente para alquilar un piso?
Si estás en búsqueda de una vivienda en alquiler y ya la tienes prácticamente localizada, si te has decidido por el que consideras que es tu piso ideal, apunta estos consejos que te ayudarán a estar prevenido cuando vayas a formalizar el alquiler.
Documentación personal, referencias, información financiera, serán datos que se le pedirán a la parte arrendataria, al futuro inquilino. La parte arrendadora, a su vez, también está obligada a cumplir una serie de requisitos mínimos como la calidad de la vivienda, que esta sea habitable, el certificado de eficiencia energética, y que la fianza se deposite en el lugar correspondiente en función de la comunidad autónoma donde se realice el alquiler. Veamos en detenimiento todos estos requisitos para alquilar un piso.
Requisitos como propietario
La parte arrendadora, como ya hemos avanzado, tiene su responsabilidad correspondiente sobre lo que es necesario para alquilar un piso, la propiedad debe presentar lo siguiente:
Calidad del inmueble
A la hora de alquilar una vivienda, un piso o tan siquiera una habitación, la calidad mínima debe ser contar con la cédula de habitabilidad. A partir de ahí, si se quiere ofrecer un espacio óptimo, adecuado a la situación de lo que busca la demanda, se le pueden (y deben) añadir materiales de primera mano, accesorios, mobiliario actual, y una serie de añadidos que, además de hacerle la vida más confortable al inquilino, permitirán al propietario demostrar el auténtico valor de su piso. Como arrendatario asegúrate que no haya nada roto ni estropeado, haz fotografías a tu llegada y así ambas partes sabréis el estado de cada parte del piso.
Certificado de eficiencia energética
La sostenibilidad tiene que ser el caballo de batalla de los inmuebles de alquiler. La eficiencia energética para cuidar el medio ambiente es vital y, además, obligatorio desde hace años. El certificado de eficiencia energética ya lo tienen prácticamente la totalidad de los propietarios por lo que se puede (y se debe) solicitar para garantizar la calidad medioambiental de la vivienda.
La fianza
La cantidad correspondiente a la fianza está marcada en la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos), y la misma ley establece que se debe depositar en el organismo pertinente: “Las comunidades autónomas podrán establecer la obligación de que los arrendadores de finca urbana sujetos a la presente ley depositen el importe de la fianza regulada en el artículo 36.1 de esta ley, sin devengo de interés, a disposición de la Administración autonómica o del ente público que se designe hasta la extinción del correspondiente contrato”. Si el propietario no cumple esta parte estaría incurriendo en un acto ilegal.
Más puntos que ver con el propietario son las condiciones del contrato, que siempre se pueden hablar y pactar por ambas partes.
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Requisitos como inquilino
El arrendatario debe tener vigentes y disponibles, ya que algunos documentos pueden llevarle un poco de tiempo recopilarlos, las siguientes informaciones:
Documentación personal
Para formalizar un contrato es necesario que como inquilino te identifiques con tu DNI o pasaporte u otro cualquier documento identificativo como el permiso de trabajo. Sin él no podrás cerrar con tu casero el alquiler de tu nuevo piso. Si solo vas a vivir tú en la vivienda, con tus documentos personales será suficiente, sino deberás presentar también el del resto de personas que vayan a convivir contigo, siempre que sean mayores de edad, y su nombre deberá aparecer en el contrato.
Información económica y laboral
Esta información es vital puesto que el propietario o parte arrendadora tiene que asegurar el cobro de la renta para garantizar el alquiler. Para ello puede acudir al Fichero de Inquilinos Morosos. Otra forma a través de la cual se aseguran la viabilidad del inquilino es solicitando el contrato de trabajo, las últimas nóminas (de una a tres es lo habitual), e incluso los últimos movimientos bancarios, aunque esto no suele ser una práctica muy común.
En caso de no disponer de ingresos estables continuos, el arrendador puede solicitar un aval al inquilino para cerciorar la recepción mensual de la renta.
Otro documento que en ocasiones pueden pedir para alquilar una vivienda es un certificado de no incidencias bancarias, que sirve para demostrar que en una cuenta bancaria no han existido incidencias de impago o descubiertos.
Fianza, renta y honorarios
Para formalizar el contrato, se establece en el momento de la firma la entrega de la fianza, que según la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) es una mensualidad. Esta, además, como ya hemos mencionado, debe ser depositada en el organismo correspondiente, definido por cada Comunidad Autónoma.
Además de la fianza legal, la misma ley incluye que se puedan solicitar al inquilino garantías adicionales, como un aval bancario o el depósito de otra cantidad económica, que suele corresponderse con una o dos mensualidades.
En paralelo, se solicita la cantidad del mes en curso en el que se entra a vivir en el momento de la firma del contrato. Por último, si además toda la tramitación se ha realizado con una inmobiliaria, se deberán entregar los honorarios de la agencia previamente comunicados.
Referencias
Lo último, y opcional, que puede solicitar un propietario al futuro inquilino es referencias de sus anteriores caseros. Algunas de las informaciones que buscan a través de estas referencias son si se cumple con los pagos, si se ha cuidado la vivienda o si no se ha dado ningún problema, entre otras.
Con todo, ya podrás formalizar correcta y legalmente tu contrato de alquiler para disfrutar de tu nueva vivienda en alquiler.