¿Se puede alquilar un piso sin aval y sin fianza?

La población española tiende cada vez más a vivir de alquiler. Actualmente ya hay más de 3 millones de personas que viven en régimen de arrendamiento. Pero una de las grandes trabas que se encuentran, así como sucede con la compra, es el precio por adelantado que hay que entregar para formalizar el alquiler. Hablamos de la fianza, a la que, en muchos casos, además, hay que añadirle el aporte de un aval. Si quieres saber todo lo que implica una fianza, el concepto de aval y si es posible formalizar un alquiler sin entregar ninguna de esas garantías. 

¿Qué es una fianza de alquiler? 

La fianza de alquiler es el importe que se entrega para formalizar el contrato de arrendamiento. Es una garantía que el arrendatario entrega al arrendador para asegurar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el contrato de alquiler. Acorde a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), en su artículo 36 que es el específico que trata el tema de la fianza, sobre la fianza “será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas”. 

Por lo que a una de las cuestiones ya le hemos dado respuesta, no se puede alquilar un piso sin fianza. 

Otros detalles de la fianza que establece la ley son: 

  • Durante los 5 primeros años de duración del contrato no estará sujeta a actualización (7 si el arrendador es una persona jurídica). 
  • La actualización de la fianza se regirá por lo estipulado al efecto por las partes, y a falta de pacto específico, lo acordado sobre actualización de la renta se presumirá querido también para la actualización de la fianza. 
  • Aunque no lo exponga explícitamente, se entiende que la devolución de la fianza se hará en los 30 días siguientes desde la finalización del contrato y entrega de llaves. A partir del día 31 el arrendador tendrá que pagar intereses. 
  • Junto con la fianza, se podrán establecer garantías adicionales, pero no podrá exceder de dos mensualidades de la renta. 

Además, el arrendador tendrá la obligación de entregar la fianza en el organismo público correspondiente en función de su Comunidad Autónoma. 

¿Es obligatorio contar con un aval a la hora de alquilar un piso? 

Una vez visto que la fianza sí es de obligado cumplimiento y corresponde a una mensualidad del alquiler, vamos a adentrarnos en el concepto del aval. El aval es una figura que actúa como garantía de pago y que se hará cargo de los gastos en caso de que la persona que firma el contrato no lo haga. 

En el caso de la firma de un contrato para un piso de alquiler, la ley establece que la solicitud de un aval (bancario o no) será considerado como una garantía adicional. En ningún caso será obligatorio, y así lo establece la LAU en su punto 5, pero sí legal. Es decir, en caso de que el arrendador lo solicite, será un pago adicional a la fianza, pero quien vaya a alquilar no está en la obligación de presentarlo. Eso sí, la parte arrendadora podrá entonces negarse a formalizar el contrato de alquiler ante la falta de un aval. 

Del mismo modo, sucede lo mismo con el hecho de pedir la declaración de la renta o las últimas nóminas. Es legal, pero no obligatorio. 

Cuáles son las principales garantías que el propietario de un piso ofrece al inquilino 

Con la entrega de la fianza, el propietario garantiza al inquilino la habitabilidad de la vivienda, que no está entregando el inmueble en malas condiciones, inseguras o insalubres para su entrada inmediata. 

Otra garantía es que el arrendador se hará cargo de las reparaciones necesarias para la conservación de la vivienda. En este punto suele haber conflicto, pero está establecido que lo que derive del uso diario de la vivienda correrá por cuenta del arrendatario, así como los gastos derivados de roturas por mal uso. 

Además, en ningún momento el propietario podrá acceder a la vivienda sin permiso del inquilino, si se da esta situación, el arrendatario podrá denunciar al arrendador por violación de la privacidad. 

Por último, la fianza será devuelta siempre que la vivienda que se entregue en buenas condiciones y sin pagos pendientes. 

Resumen 

En resumen, a la hora de firmar el contrato de un piso de alquiler hay que abonar la fianza, correspondiente a una mensualidad. El aval será simplemente uno de los requisitos para alquilar un piso, que en este caso pide el arrendador, legalmente aceptado, pero no obligatorio. Del mismo modo, existen otras garantías adicionales que se pueden solicitar para asegurar la viabilidad y durabilidad del contrato de alquiler que quedará en la mano del arrendatario aceptar o no si desea arrendar esa vivienda. 

Recuerda que también tienes que disponer de la nómina mínima para alquilar un piso, o de lo contrario el proceso de alquiler será más tedioso de lo normal y tendrán muchos inconvenientes.

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