El mercado de alquiler de viviendas en Cataluña, al igual que en muchas otras regiones, está regulado por una serie de normas destinadas a proteger tanto a los inquilinos como a los propietarios. Y, uno de los elementos fundamentales de este marco legal, es la fianza de alquiler.
La fianza tiene un propósito específico: salvaguardar los intereses de ambas partes y garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales. Motivo por el cual es un aspecto completamente necesario tanto si queremos arrendar una vivienda como si lo que deseamos es alquilar una piso en Barcelona. Por eso hoy vamos a explorar con mayor profundidad este concepto para aprender en qué consiste y dónde debe depositarse la fianza de alquiler en Cataluña.
¿Qué es la fianza de alquiler?
Cuando hablamos de alquilar o arrendar una vivienda, el concepto de fianza hace referencia al depósito que el inquilino debe entregar a la hora de formalizar toda la documentación relativa al contrato de alquiler.
El objetivo de la fianza no es otro que servir como garantía de que el inquilino va a cumplir con todas sus obligaciones durante el tiempo que dure el arrendamiento. Precisamente por esto, una vez finalizado el contrato, el arrendador deberá devolver la fianza al inquilino si este ha cumplido con todas sus obligaciones.
¿Dónde depositar la fianza del alquiler en Cataluña?
Pero, ¿qué ocurre con la fianza de alquiler? ¿Dónde se mantiene durante el tiempo que dure el contrario? A nivel legal, existe la obligación de depositar la fianza en una entidad específica encargada de administrar los depósitos de alquiler y, en el caso concreto de Cataluña, este depósito debe hacerse durante los dos meses siguientes a la firma de contrato.
Al igual que ocurre a la hora de depositar la fianza del alquiler en Madrid, en la Ciudad Condal los pasos son muy similares pero los organismos pueden variar en cada comunidad autónoma.
Este acto sirve para garantizar que el dinero esté seguro y se pueda utilizar adecuadamente al finalizar el contrato de alquiler, evitando así cualquier conflicto o disputa entre las partes involucradas. Además, si hay algún desacuerdo sobre el importe de la fianza a ser devuelto al final del contrato, se puede recurrir a la entidad depositaria para mediar y resolver cualquier problema.
En el caso concreto de Cataluña, la fianza se puede depositar de alguna de las tres formas que te explicamos a continuación.
Incasòl
El Instituto Catalán del Suelo es una empresa pública dependiente del departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalidad de Cataluña y uno de los lugares en los cuales podemos depositar la fianza relativa a nuestro alquiler.
Para ello, se deberá pedir cita previa y acudir en el horario de atención al cliente, el cual está establecido de 9h a 14h, todos los días de lunes a viernes.
Además, se deberá aportar la siguiente documentación:
- Documento de autoliquidación de la fianza (Modelo 2).
- Copia o documento original del contrato con sus respectivas cláusulas
- Copia y documento original del documento de compromiso de Avalloguer con la firma de las dos partes
Ingresar la fianza vía online
En caso de que queramos realizar el ingreso de fianza de manera online, también será obligatorio cumplimentar el documento de autoliquidación de la fianza, conocido como Modelo 2.
Por otro lado, se deberá hacer el ingreso por alguna de las siguientes vías:
- Banca online de tanto Banco Sabadell, como BBVA y Caixabank
- A través de tarjeta de débito o crédito vía web
- Cajeros de Banco Sabadell, BBVA y Caixabank
- En las oficinas de Banco Sabadell y BBVA (en efectivo)
Cámaras de la propiedad urbana
Finalmente, si quieres hacer el ingreso en las Cámaras de la propiedad urbana de manera física, tan solo tendrás que pasarte por allí. Puedes realizar la cumplimentación del modelo 2, in situ y realizar el pago con alguno de los métodos que hemos visto anteriormente.
Además, deberás presentar la siguiente documentación:
- Copia u original del contrato de arrendamiento y sus cláusulas
- Copia u original del documento de compromiso de Avalloguer con la firma de las dos partes
- Referencia catastral
¿Existe algún recargo si no deposito a tiempo la fianza del alquiler en la ciudad condal?
Como hemos visto más arriba, existe un plazo de dos meses tras la firma del contrato para presentar esta documentación. En caso de que no se haga en este periodo, y de acuerdo con la Ley 26/2009, se aplicarían los siguientes recargos:
- 5 % si se trata de menos de 3 meses de demora.
- 10 % entre 3 y 6 meses de demora.
- 15 % entre 6 y 12 meses de demora.
- 20 % para demoras superiores a los 12 meses.
En cualquier caso, el importe máximo, en cuanto a recargos, no puede superar los 1.500 €.
Conclusiones
La fianza es algo necesario cuando vamos a alquilar una vivienda, tanto si somos arrendadores como arrendatarios. Por eso es importante conocer las implicaciones que tiene a nivel legal y también saber la manera correcta de gestionarla.
Esperamos que este post te haya servido para entender un poco mejor cómo funciona la fianza de alquiler en Barcelona y recuerda que, en Bext Spaces, te lo ponemos fácil a la hora de alquiler tu vivienda.