La vivienda habitual es aquella en la que una persona reside de forma principal y permanente. Es importante tener en cuenta que el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) tiene una serie de consideraciones específicas en relación con la vivienda habitual.
En primer lugar, el IRPF permite una deducción por adquisición de la vivienda habitual, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Esta deducción se aplica a las hipotecas contratadas para la adquisición de la vivienda habitual.
Otra consideración importante en el IRPF es la deducción por alquiler de la vivienda habitual. Esta deducción se aplica a aquellas personas que alquilan su vivienda habitual y se aplica en el año en el que se paga el alquiler.
Además, el IRPF también permite una deducción por inversión en vivienda habitual, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Esta deducción se aplica a aquellas personas que invierten en la mejora o reforma de su vivienda habitual y se aplica en el año en el que se realiza la inversión.
La vivienda habitual es, en definitiva, un elemento importante para tener en cuenta a la hora de calcular el IRPF, ya que existen una serie de deducciones y consideraciones específicas en relación con ella. Es importante conocer estas deducciones y aplicarlas de forma adecuada para poder ahorrar en el pago del impuesto sobre la renta.
¿Qué se considera vivienda habitual?
La vivienda habitual es aquella en la que una persona reside de manera habitual y permanente. En términos legales, la vivienda habitual es aquella que se declara como tal en el impuesto sobre la renta o en el padrón municipal.
Para determinar si una vivienda es la habitual de una persona, se tienen en cuenta diversos factores, como el lugar donde se realizan las actividades cotidianas, el lugar donde se tiene el domicilio fiscal y el lugar donde se realizan las relaciones sociales y familiares.
La vivienda habitual puede ser una casa, un apartamento, una habitación en un hotel o una vivienda compartida. Lo importante es que sea el lugar donde la persona reside de manera permanente y habitual.
La vivienda habitual es un concepto importante en diversos ámbitos, como en el ámbito laboral, ya que puede influir en el lugar de trabajo y en la determinación de los impuestos. También es relevante en el ámbito social, ya que puede afectar el lugar de inscripción en el padrón municipal y en la asignación de servicios y beneficios.
Requisitos de vivienda habitual en el IRPF
Los requerimientos de vivienda habitual en el IRPF son:
- Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años. Sin embargo, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como:
- Celebración de matrimonio
- Separación matrimonial
- Traslado laboral
- Obtención de primer empleo o cambio de empleo u otras análogas justificadas
- Se entenderá igualmente como circunstancia que necesariamente exige el cambio de vivienda el hecho de que la anterior resulte inadecuada como consecuencia de la discapacidad del propio contribuyente o de su cónyuge o un pariente, en línea directa o colateral, consanguínea o por afinidad, hasta el tercer grado inclusive, que conviva con él o ella.
- Que el contribuyente la habite, de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses a contar desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras. No obstante, se entenderá que la vivienda adquirida no pierde el carácter de habitual cuando se produzcan las circunstancias señaladas anteriormente y cuando el contribuyente disfrute de vivienda habitual por razón de cargo o empleo y la vivienda adquirida no sea objeto de utilización. En este supuesto, el plazo de doce meses comenzará a contarse a partir de la fecha del cese en el correspondiente cargo o empleo.
Es importante tener en cuenta que, aunque se cumplan con estos requisitos, la vivienda puede no ser considerada como habitual si se demuestra que se trata de una vivienda secundaria o de ocio. En este caso, no se podrán aplicar las deducciones fiscales correspondientes.
¿Puedo desgravarme IRPF por mi vivienda habitual?
Sí, en general, puedes desgravarte el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por tu vivienda habitual. La deducción por vivienda habitual es una de las deducciones que se pueden aplicar en el IRPF y que tiene como objetivo ayudar a las personas a hacer frente al pago de los gastos de su vivienda.
Para poder desgravarte el IRPF por tu vivienda habitual, debes cumplir con los requisitos señalados en el apartado anterior. Si cumples con alguno de ellos, podrás aplicar la deducción por vivienda habitual en tu declaración de la renta. Es importante tener en cuenta que, aunque se cumplan con estos requisitos, la vivienda puede no ser considerada como habitual en los determinados supuestos que también hemos mencionado de tratarse de una vivienda secundaria o de ocio.
Pero no olvides que también es importante tener bien determinado cuál es tu domicilio fiscal. Según el apartado 1 del artículo 48 de la Ley General Tributaria, tu domicilio fiscal será en el que más tiempo residas al año. En concreto, el texto establece tres reglas para definir el domicilio fiscal:
- Residencia en una comunidad autónoma un mayor número de días al año.
- Principal centro de intereses en una comunidad autónoma.
- Última residencia declarada en el impuesto sobre la renta.
Esta información es, además, muy útil cuando se “vive” entre dos Comunidades, que se vive en una y se trabaja en otra, por ejemplo. Además, el domicilio fiscal debe coincidir con el lugar de la vivienda habitual para poder desgravar por ella.
Con toda esta información, ya podrás efectuar correcta y legamente tu declaración de la renta y desgravarte tu vivienda habitual.