¿Qué electrodomésticos son obligatorios en un piso de alquiler?

Cuando alquilas una vivienda es importante saber lo que es obligatorio o altamente recomendable que se encuentre en ella, como son los electrodomésticos. Sin embargo, y cada vez más a menudo, se aprecian alquileres en los que faltan alguno de los electrodomésticos o incluso todos. Es cierto que, por ley, la LAU no exige al arrendador entregar la vivienda con electrodomésticos ni mobiliario, pero, como propietario, para arrendar cuanto antes el inmueble, se recomienda que cuente con todas las prestaciones posibles —como los muebles y los electrodomésticos—. Además, sucede que con cuanto más cuente el piso, mayores rentas se podrán pedir por él.

El alquiler de una vivienda con o sin muebles tiene ciertas ventas e inconvenientes y es más flexible, pero en el caso de los electrodomésticos si que es importante mantener un mínimo de equipamiento.

Veamos entonces el equipamiento mínimo necesario en un piso de alquiler que consideramos desde Bext Space imprescindible para darle a los inquilinos la calidad que merecen en sus nuevos hogares.

Equipamiento mínimo en un piso de alquiler

En Bext Space entregamos nuestras viviendas en alquiler completamente equipadas con todos los electrodomésticos incorporados (lavadora, lavavajillas, nevera, horno, microondas, campana y placa). Calidad, alta gama y primeras marcas para contribuir a la nueva vida de nuestros residentes.

Aunque como señalábamos, la ley no establece su obligatoriedad, siempre es recomendable incluirlos, siempre en función del piso y del espacio.  

Nevera

La nevera o frigorífico es un básico esencial sin el que no se puede vivir. El estado y conservación de los alimentos depende de él. Hoy en día lo mejor es optar por una alternativa de bajo consumo, eficiente. Y en cuanto a su diseño, existen multitud de opciones de distintos tamaños, materiales y acabados por lo que no será un problema que no se encuentre uno que se adapte a la cocina del piso de alquiler.

Lavadora

Otro imprescindible fundamental que siempre buscan los inquilinos. Aunque existan centros de lavanderías externos o en el propio edificio, lo mejor es disponer de un aparato propio en la vivienda. Del mismo modo que con la nevera, hay que optar por opciones eficientes de bajo consumo que piensen en el medio ambiente.

Horno

En tercer lugar, consideramos que el horno es otro de los fundamentales en una vivienda en alquiler, aunque sí es cierto que se encuentran muchas viviendas sin él y se sustituye por un armario para disponer de almacenamiento en la cocina. Sin embargo, es un bien muy preciado por numerosos inquilinos. En su lugar, hay propietarios que lo que incorporan es un microondas. Un aparto multiusos que soluciona necesidades similares al horno, pero con menor potencia.

Lavavajillas

Recientemente se ha empezado a incorporar este electrodoméstico en las viviendas en alquiler ya que solucionan y facilitan mucho la vida a los residentes. Entregar calidad de vida también es un gran aporte como propietario que se valora en gran medida entre los inquilinos. Al igual que con los anteriores, existen en el mercado opciones eco para contribuir a la sostenibilidad.

Televisión

La televisión sí que es un electrodoméstico comodín que se encuentra en la mitad de las viviendas en alquiler, así como en otras tantas no. A gusto del propietario, se puede facilitar un aparato de televisión que siempre será bien agradecido por parte del residente.

Pequeños electrodomésticos

Otros electrodomésticos de pequeño tamaño como son la aspiradora, plancha, cafetera, tostadora, sí son totalmente accesorios que se entregan como extras a la vivienda en alquiler.

¿Quién paga la reparación de un electrodoméstico en una casa de alquiler?

El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) ofrece respuesta a esta pregunta. En este apartado, se especifica que el propietario está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias para mantener las condiciones de habitabilidad (sin coste aparte), siempre y cuando no se tengan que hacer por un mal uso por parte del arrendatario. La LAU también introduce conceptos como pequeñas reparaciones, pero sin profundizar en qué significa cada una. Para ello, debemos recurrir a la jurisprudencia sobre este tipo de casos.

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